Por decreto MOP exento Nº 1.043 de 11 de octubre de 2005, y en base a la facultad otorgada por el artículo 105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado de la Ley Nº 15.840, se expropió los lotes de terreno Nºs. 32, 33 Tramo km. 0,00000 - km. 3,36889 (I-810), Nºs. 35, 37 y 39 Tramo Km. 0,00000 - Km.
0,26894 (I-796) necesarios para la obra: Camino Ruta I-810 Puquillay - Convento Viejo, Sector Puquillay - La Cabrería, Tramo km. 0,00000 - km. 3,36889 (I-810) km.
0,00000 a km. 0,26894 (I-796), que figuran a nombre de Díaz Arias Luis Hernán, Clotilde del C. Sanfurgo y Ana Vigouru, Suc. José Sanfurgo, Urzúa Urzúa Fernando y Agrícola Santa Eugenia Ltda., roles de avalúo 149-266; en trámite; 38-34 y 38-30 Comuna de Nancagua lotes 32, 33, 35, y Comuna de Chépica lotes 37 y 39, VI Región, superficies 802, 742, 405, 1.611 y 4.063 m2.
respectivamente. La Comisión de Peritos fijó con fecha 23 de agosto de 2004 el monto de la indemnización provisional en las cantidades de $7.147.650.- lote Nº 32; $5.930.100.- lote 33; $4.039.900.- lote 35;
$37.657.200.- lote 37 y con fecha 30 de agosto de 2004 en la cantidad de $17.507.900.- lote 39. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2.186, de 1978.
Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.