Lei núm. 4,011, que autoriza la venta de un terreno en Antofagasta para destinar su producto a la construccion de dos escuelas
Lei núm. 4,011-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo 1.° Autorízase al Presidente de la República para que venda en pública subasta el siguiente terreno, ubicado en la ciudad de Antofagasta: 16,471 metros cuadrados concedido a The Union Oil Company of California, segun los reglamentos de concesiones vigentes, y que deslinda: al norte, con el antiguo límite urbano de la ciudad de Antofagasta y la calle Diaz Gana; al sur con una concesion fiscal a la Delegacion Salitrera; al naciente, con la calle Avenida Club Hípico; y al poniente, con el mar.
El remate de estos terrenos se hará en uno o varios lotes y previo aviso que se publicará, por cinco veces, en un plazo de dos meses de anticipacion a la fecha del remate.
El mínimum del precio de venta será determinado por tasacion de la Direccion de Obras Públicas.
El remate se verificará por la Junta de Almoneda.
Art. 2.° El producto del remate se destinará a la construccion de dos escuelas públicas en la ciudad de Antofagasta.
Los fondos los distribuirá el Presidente de la República en la forma que lo estime conveniente.
Art. 3.° Esta lei comenzará a rejir desde su publicacion en el Diario Oficial.
Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 7 de mayo de 1924.-Arturo Alessandri.- Belfor Fernández.