Artículo 8.o- La Municipalidad de Mejillones deberá publicar en la primera quincena del mes de Enero de cada año, en un diario o periódico de la cabecera de la provincia, un estado del servicio del o los empréstitos y de las inversiones hechas de acuerdo con el plan autorizado por el artículo 3.o de esta ley."