Artículo 13.- La resolución que ponga fin al procedimiento sancionatorio será fundada y resolverá todas las cuestiones planteadas, pronunciándose sobre cada una de las alegaciones y defensas del imputado, debiendo declarar la sanción que impone al infractor o su absolución.
La resolución final deberá dictarse dentro de los 30 días siguientes a aquél en que se haya evacuado la última diligencia ordenada en el expediente.
Las sanLey 20703
Art. QUINTO Nº 3
D.O. 05.11.2013ciones se anotarán en el Registro.
Art. QUINTO Nº 3
D.O. 05.11.2013ciones se anotarán en el Registro.