AUTORIZA FUNCIONAMIENTO DE TERMINAL DE SERVICIOS DE LOCOMOCION COLECTIVA URBANA

    Núm. 434 exenta.- Talca, 16 de septiembre de 2005.- Visto: Lo dispuesto en el DS Nº 212 de 1992 y sus modificaciones, la Res. Nº 52/2004, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el DS Nº 47 de 1992, modificado por el DS Nº 270, de 2004, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; el Certificado de Aprobación de Cambio de destino Total Nº 07 de 02.09.05, el Certificado Nº 1.959 de 19.10.2005, el Certificado de Recepción de Edificación Nº 019 de 25.03.1980, todos de la Dirección de Obras de la I. Municipalidad de Talca, el informe favorable de Factibilidad Técnica Nº 33 de 22.08.2005, emitido por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule.

    Considerando:

    1. Que corresponde emitir un pronunciamiento acerca de si se aprueba el funcionamiento de un terminal de servicios de locomoción colectiva urbana de taxis colectivos de propiedad del Sr. Jorge Pérez Cabrera, RUT 4.150.692-K, quien arrienda este mismo a la Empresa de Transporte Público de Pasajeros Mondarray Limitada, RUT 76.332.310-2.
    2. Que este terminal funcionará en una propiedad ubicada en Calle 8 1/2 Sur A Nº 2602, Cooperativa Los Andes, de la comuna de Talca.
    3. Que la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Talca, emitió el Certificado de Recepción de Edificación Nº 019, de 25 de marzo de 1980, en el que consta la aprobación del proyecto terminal clasificándolo como Terminal de Vehículos "Categoría A1",

    Resuelvo:

    1. Autorízase Resolución 1526 EXENTA,
TRANSPORTES
D.O. 23.01.2019
el funcionamiento del terminal de taxis colectivos urbanos ubicado en la ciudad de Talca, en calle 8 1/2 Sur A Nº 2602, propiedad de doña María Audomilia Serafina Pérez Muñoz, cédula de identidad Nº 14.349.940-5, recinto clasificado en categoría "A1", con una capacidad máxima de 60 taxis colectivos, conforme a las Tablas 1 y 2 establecidas en el texto del DS Nº 270/04, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, vigentes a la fecha de recepción definitiva del mencionado terminal.
    2. El Tipo de Terminal es un Terminal de Vehículos, de acuerdo al artículo único establecido en el texto del DS Nº 270/04, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    3. Déjase Resolución 368 EXENTA,
TRANSPORTES
D.O. 08.05.2020
constancia que la presente autorización se mantendrá en tanto se cumplan las siguientes condiciones:
     
    A) Hará uso de este terminal la siguiente línea con su servicio Troncal (T) y Variante (V-1):
     
    Identificación de Servicio: Línea Nº 5.
    Responsable: Puente Claro SpA. RUT: 77.007.825-3.
    Tipo de Servicio: Taxi Colectivo Urbano - Talca.
     
    B) El responsable de la Línea que utiliza el terminal corresponde al representante legal de la sociedad Puente Claro SpA., Sr. Juan Manuel Rojas Pérez, cédula nacional de identidad Nº 8.063.562-1.
    C) El terminal podrá ser utilizado por una cantidad máxima de 60 taxis colectivos, conforme a las Tablas 8 y 9 establecidas en el texto del DS Nº 207/04, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    D) El funcionario encargado de la administración del Terminal, será el Sr. Juan Manuel Rojas Pérez, cédula nacional de identidad Nº 8.063.562-1, domiciliado en calle 8 1/2 Sur A Nº 2602, de la comuna de Talca.

    4. No podrá acceder al terminal cuyo funcionamiento se autoriza, el público usuario de los vehículos.
    5. Una vez inscrito el servicio aludido en el resuelvo Nº 3, o el que correspondiere, deberá complementarse la presente resolución con la individualización del nombre y número de la línea, del o los servicios, y sus variantes, cuando corresponda.


    Anótese y publíquese en extracto en el Diario Oficial a costa del solicitante.- Pedro Orozco López, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Séptima Región (S).