Art. 5.o El contrato de trabajo termina por las causales jenerales de espiracion de los contratos y, en especial por las siguientes:
1) Por la espiracion del plazo;
2) Por conclusion del trabajo que dió lugar al contrato;
3) Por fuerza mayor;
4) Por voluntad de una de las partes, cuando el contrato se ha celebrado sin plazo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7.o.
5) Por muerte del obrero;
6) Por falta de probidad, vias de hecho; injuria grave o conducta inmoral:
7) Por un perjuicio material causado intencionamente durante o con ocasion de la ejecucion del contrato;
8) Por actos u omisiones que afecten a la salud o a la seguridad de los obreros o a la seguridad del establecimiento;
9) Cuando una de las partes falte gravemente a sus obligaciones relativas a la ejecución del contrato;
10) Por dejar el obrero de concurrir al trabajo durante dos dias consecutivos, sin causa justificada; y
11) Por abandono del trabajo de parte del obrero.