Art. 5.o El contrato de trabajo termina por las causales jenerales de espiracion de los contratos y, en especial por las siguientes:
    1) Por la espiracion del plazo;
    2) Por conclusion del trabajo que dió lugar al contrato;
    3) Por fuerza mayor;
    4) Por voluntad de una de las partes, cuando el contrato se ha celebrado sin plazo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7.o.
    5) Por muerte del obrero;
    6) Por falta de probidad, vias de hecho; injuria grave o conducta inmoral:
    7) Por un perjuicio material causado intencionamente durante o con ocasion de la ejecucion del contrato;
    8) Por actos u omisiones que afecten a la salud o a la seguridad de los obreros o a la seguridad del establecimiento;
    9) Cuando una de las partes falte gravemente a sus obligaciones relativas a la ejecución del contrato;
    10) Por dejar el obrero de concurrir al trabajo durante dos dias consecutivos, sin causa justificada; y
    11) Por abandono del trabajo de parte del obrero.