Concede Cuerpo Bomberos Santiago uso y goce, por treinta años, terreno fiscal Moneda esquina San Antonio.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo 1.° Se concede al Cuerpo de Bomberos de Santiago, por el plazo de treinta años, el uso y goce del terreno fiscal ubicado en la calle de la Moneda esquina de San Antonio, de esta ciudad, que le fué concedido por veinte años, en conformidad al decreto número 188, expedido por el Ministerio de Hacienda el 9 de Febrero último.
Art. 2.° El Cuerpo de Bomberos tendrá facultad para hipotecar el terreno otorgado por la presente ley, con el objeto de invertir el producto de la hipoteca, en la construcción de un cuartel para la Primera Compañía de dicha institución, debiendo atender al servicio y amortización de la deuda respectiva, a fin de que ésta esté cancelada al término del plazo de la concesión.
Todas las mejoras que se introduzcan quedarán a beneficio fiscal al término de la concesión.
Art. 3.° Esta ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.
Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, a seis de Agosto de mil novecientos veintiseis.- Emiliano Figueroa. -Jorge Silva Somarriva.