Amplía en un año plazos establecidos en el decreto-ley 601, sobre constitución propiedad austral.
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    PROYECTO DE LEY:

    Artículo único.- Amplíanse en un año los plazos establecidos en los artículos 8.°, 10, 12, 27 y 29 del decreto-ley número 601, de 14 de Octubre de 1925, sobre constitución de la propiedad austral.

    Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, a diecisiete de Agosto de mil novecientos veintiséis.- Emiliano Figueroa.- Luis Larraín Prieto.