Amplía en un año plazos establecidos en el decreto-ley 601, sobre constitución propiedad austral.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo único.- Amplíanse en un año los plazos establecidos en los artículos 8.°, 10, 12, 27 y 29 del decreto-ley número 601, de 14 de Octubre de 1925, sobre constitución de la propiedad austral.
Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, a diecisiete de Agosto de mil novecientos veintiséis.- Emiliano Figueroa.- Luis Larraín Prieto.