Ley núm. 15.084
CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA DEYANISE RIOS VIUDA DE WOOD
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Concédese, por gracia, una pensión de cuarenta escudos (Eº 40) mensuales, a doña Deyanise Ríos viuda de Wood, de la que disfrutará sin perjuicio de la pensión de montepío que actualmente percibe.
El mayor gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a diecisiete de Diciembre de mil novecientos sesenta y dos.- SOTERO DEL RIO GUNDIAN.- Julio Philippi I.