Art. 11. El domicilio de la Sociedad Anónima que se constituya con el nombre de Compañía Electro-Siderúrgica e Industrial de Valdivia, será la ciudad de Santiago de Chile y su capital en acciones deberá estar, en una proporción no inferior al cincuenta y cinco por ciento (55%) en poder de accionistas chilenos.
El Directorio de la Compañía deberá estar formado en sus tres cuartas partes, a lo menos por nacionales, incluyendo en esa cuota a tres Directores que serán nombrados por el Presidente de la República, que representarán al Gobierno.
El número total de directores no será superior a doce.