Art. 21. Si la solicitud no hubiere sido aceptada solamente por falta de algunos trabajos en las minas para completar una cubicación adecuada, se dejará en suspenso la solicitud y se seguirá tramitando una vez ejecutadas las obras indicadas como indispensables por el Ingeniero de la Caja. Llegado este caso el interesado dará aviso por escrito a la Caja y depositará la suma que ella determine para cubrir los gastos y el honorario de la nueva visita de los técnicos de ésta.