Ley núm. 15.088
AUMENTA, POR GRACIA, LA PENSION DE DOÑA LAURA BUSTOS VIUDA DE DURAN
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a cuarenta escudos (Eº 40) mensuales la pensión de que disfruta doña Laura Bustos viuda de Durán por ley N.o 5.179, de 22 de Junio de 1933.
El mayor gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a diecisiete de Diciembre de mil novecientos sesenta y dos.- SOTERO DEL RIO GUNDIAN.- Julio Philippi I.