MODIFICA RESOLUCION EXENTA Nº 3.287, DE 2005, EN EL SENTIDO QUE INDICA; APRUEBA NOMINAS DE POSTULANTES SELECCIONADOS EN CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA 2005 A SUBSIDIO HABITACIONAL RURAL: EN LOS TIPOS DE LLAMADOS QUE SE SEÑALAN, EN SUS ALTERNATIVAS REGULADAS POR EL TITULO I, EN LAS REGIONES VIII DEL BIO BIO, IX DE LA ARAUCANIA Y X DE LOS LAGOS Y DEJA SIN EFECTO SOLICITUDES DE POSTULACION QUE INDICA, POR LAS RAZONES QUE SEÑALA
Santiago, 7 de diciembre de 2005.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 4.537 exenta.- Visto: El D.S. N° 117 (V. y U.), de 2002, y sus modificaciones, que regula el Sistema de Subsidio Habitacional Rural, en especial lo previsto en su Título Preliminar, en sus artículos 4°, 5°, 8º, 9º, 11, 12, 13, 14, 26 y 27, y en su Título I ; la resolución exenta Nº3.287, de fecha 26 de septiembre de 2005, publicada en el Diario Oficial del 30 de septiembre de 2005; la resolución exenta Nº 2.579, de fecha 11 de julio de 2002, publicada en el Diario Oficial del 13 de julio de 2002; la resolución exenta Nº 790, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la IX Región de la Araucanía, de fecha 30 de septiembre de 2005, publicada en el Diario Oficial del 6 de octubre de 2005, modificada por resolución exenta N° 824, de fecha 14 de octubre de 2005, publicada en el Diario Oficial del 24 de octubre de 2005; y la resolución exenta Nº 1.087, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la X Región de Los Lagos, de fecha 29 de septiembre de 2005, publicada en el Diario Oficial del 7 de octubre de 2005; y
Considerando :
a) Que por resolución exenta Nº 3.287, de este Ministerio, de 2005, se dispuso el llamado extraordinario 2005 a Subsidio Habitacional Rural (Títulos I y III ), para atender a postulantes de Areas de Desarrollo Indígena de la VIII Región del Bío Bío y de la IX Región de la Araucanía; para atender a postulantes de la IX Región de la Araucanía; y para atender a postulantes del Plan de Desarrollo Mapuche en la X Región de Los Lagos, fijándose en esa misma resolución el monto de los recursos que se destinarían para el financiamiento del subsidio directo correspondiente y su forma de distribución por tipo de postulación;
b) Que mediante resolución exenta N° 790, modificada por resolución exenta Nº 824, ambas de 2005, el Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la IX Región de la Araucanía, distribuyó los recursos para la atención de demanda en las comunas que señala, destinando 55.100 U.F. para las Areas de Desarrollo Indígena; 11.900 U.F. para las comunas del Plan de Desarrollo Indígena; y 34.000 U.F. para atender a postulantes de dicha región;
c) Que mediante resolución exenta Nº 2.579, de este Ministerio, de 2002, se fijaron las menciones y datos que deben contener las solicitudes para postular a llamados a Subsidio Habitacional Rural, indicando los documentos que deberán acompañarse a ellas o exhibirse y su forma de presentación;
d) Que el D.S. Nº 117 (V. y U.), de 2002, y sus modificaciones, establece algunas inhabilidades para postular al Sistema de Subsidio Habitacional Rural, así como las causales por las cuales este Ministerio podrá dejar sin efecto, mediante resoluciones, las solicitudes para postular a dicho beneficio, dicto la siguiente,
Resolución:
1°.- Modifícase la resolución exenta N° 3.287, de este Ministerio, de 2005, en el sentido de agregar a su número 1º resolutivo, después de la expresión "para atender a postulantes de la IX Región de la Araucanía;", la siguiente locución: "para atender a postulantes del Plan de Desarrollo Indígena en la IX Región de la Araucanía;".
2°.- Sustitúyese la tabla de distribución de recursos que para cada llamado se establece en el número 2º resolutivo de la citada resolución, por la siguiente:
REGION TIPO DEL LAMADO TITULO I TITULO TOTAL
( U.F.) III (U.F.)
(U.F.)
VIII Llamado Extraordinario 37.500 4.250 41.750
Areas Desarrollo
Indígena
IX Llamado Extraordinario 55.100 0 55.100
Areas Desarrollo
Indígena
IX Llamado Extraordinario 34.000 0 34.000
Postulantes
IX Llamado Extraordinario 11.900 0 11.900
Plan Desarrollo
Indígena
X Llamado Extraordinario 32.300 1.700 34.000
Plan Desarrollo
Mapuche
170.800 5.950 176.750
3º.- Apruébanse las nóminas de postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional Rural correspondiente al llamado extraordinario Título I 2005, para atender a postulantes de Areas de Desarrollo Indígena de la VIII Región del Bío Bío y de la IX Región de la Araucanía, dispuesto en el número 1º de la resolución exenta Nº 3.287, de este Ministerio, de 2005, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución, las que se distribuyen de la siguiente forma:
LLAMADO EXTRAORDINARIO AREAS DESARROLLO INDIGENAS REGIONES VIII DEL BIO BIO y IX DE LA ARAUCANIA
TITULO I
VER DIARIO OFICIAL DE 13.12.2005, PÁGINA 4.
4º.- Déjase constancia que las nóminas de 349 postulantes que se aprueban en el número anterior, comprometen un total equivalente a 86.250 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el llamado extraordinario Título I 2005, para atender a postulantes de Areas de Desarrollo Indígena de las Regiones VIII y IX, del Sistema de Subsidio Habitacional Rural (no se presentaron postulaciones válidas al Título III en este llamado), que regula el D.S. Nº 117 (V. y U.), de 2002, monto que se distribuye de la siguiente forma, según región o comuna, cuando corresponda, luego de ser aplicado el procedimiento dispuesto en los artículos 11, 12, 13 y 14 del D.S. Nº 117 (V. y U.), de 2002 y en el número 4º de la resolución exenta Nº 3.287, de este Ministerio, de 2005:
TITULO I
VER DIARIO OFICIAL DE 13.12.2005, PÁGINA 4.
5º.- Apruébanse las nóminas de postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional Rural correspondiente al llamado extraordinario Título I 2005, para atender a postulantes de la IX Región de la Araucanía, dispuesto en el número 1º de la resolución exenta Nº 3.287, de este Ministerio, de 2005, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución, las que se distribuyen de la siguiente forma:
LLAMADO EXTRAORDINARIO POSTULANTES
IX REGION DE LA ARAUCANIA
TITULO I
VER DIARIO OFICIAL DE 13.12.2005, PÁGINA 4.
6º.- Déjase constancia que las nóminas de 181 postulantes que se aprueban en el número anterior, comprometen un total equivalente a 30.770 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el Llamado Extraordinario Título I 2005 del Sistema de Subsidio Habitacional Rural que regula el D.S. Nº 117 (V. y U.), de 2002, monto que se distribuye de la siguiente forma, según región o comuna, cuando corresponda, luego de ser aplicado el procedimiento dispuesto en los artículos 11, 12, 13 y 14 del D.S. Nº 117 (V. y U.), de 2002 y en el número 4º de la resolución exenta Nº 3.287, de este Ministerio, de 2005:
TITULO I
VER DIARIO OFICIAL DE 13.12.2005, PÁGINA 5.
7º.- Apruébanse las nóminas de postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional Rural correspondiente al llamado Extraordinario Título I 2005, para atender a postulantes de la X Región de Los Lagos (Plan de Desarrollo Mapuche), dispuesto en el número 1º de la resolución exenta Nº 3.287, de este Ministerio, de 2005, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución, las que se distribuyen de la siguiente forma:
LLAMADO EXTRAORDINARIO PLAN DESARROLLO MAPUCHE
X REGION DE LOS LAGOS
VER DIARIO OFICIAL DE 13.12.2005, PÁGINA 5.
8º.- Déjase constancia que las nóminas de 149 postulantes que se aprueban en el número anterior, comprometen un total equivalente a 25.580 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el Llamado Extraordinario Título I 2005 del Plan de Desarrollo Mapuche de la X Región de Los Lagos, del Sistema de Subsidio Habitacional Rural (no se presentaron postulaciones válidas al Título III en este llamado) que regula el D.S. Nº 117 (V. y U.), de 2002, monto que se distribuye de la siguiente forma, según región o comuna, cuando corresponda, luego de ser aplicado el procedimiento dispuesto en los artículos 11, 12, 13 y 14 del citado decreto y en el número 4º de la resolución exenta Nº 3.287, de este Ministerio, de 2005:
TITULO I
VER DIARIO OFICIAL DE 13.12.2005, PÁGINA 5.
9º.- Apruébanse las nóminas de postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional Rural correspondiente al Llamado Extraordinario Título I 2005 para atender al Plan de Desarrollo Indígena de la IX Región de la Araucanía, dispuesto en el número 1º de la resolución exenta Nº 3.287, de este Ministerio, de 2005, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución, las que se distribuyen de la siguiente forma:
LLAMADO EXTRAORDINARIO PLAN DE DESARROLLO INDIGENA
IX REGION DE LA ARAUCANIA
TITULO I
VER DIARIO OFICIAL DE 13.12.2005, PÁGINA 5.
10.- Déjase constancia que las nóminas de 64 postulantes que se aprueban en el número anterior, comprometen un total equivalente a 10.880 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el Llamado Extraordinario Título I 2005 del Plan de Desarrollo Indígena de la IX Región de la Araucanía, del Sistema de Subsidio Habitacional Rural que regula el D.S. Nº 117 (V. y U.), de 2002, monto que se distribuye de la siguiente forma, según región y comuna, luego de ser aplicado el procedimiento dispuesto en los artículos 11, 12, 13 y 14 del citado decreto y en el número 4º de la resolución exenta Nº 3.287, de este Ministerio, de 2005:
TITULO I
VER DIARIO OFICIAL DE 13.12.2005, PÁGINA 5.
11.- Déjanse sin efecto las 186 solicitudes de postulación para el Llamado Extraordinario Título I y Título III 2005, del Sistema de Subsidio Habitacional Rural, para atender a postulantes de la VIII Región del Bío Bío, de la IX Región de la Araucanía y de la X Región de Los Lagos, efectuados por el número 1º de la resolución exenta Nº 3.287, de este Ministerio, de 2005, presentadas por las personas individualizadas en las nóminas que se acompañan, las que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución, por las causales que en cada caso se expresan en dichas nóminas.
12.- Publíquense las nóminas completas que se aprueban en los números 3º, 5º, 7º y 9º de esta resolución (hojas foliadas de la 1 a la 47) así como las nóminas a que se refiere el número 11 de esta resolución (hojas foliadas de la 1 hasta la 9), en un periódico de circulación nacional, indicándose en las primeras el nombre completo del beneficiario, su Cédula Nacional de Identidad y el puntaje total obtenido, sin perjuicio de las nóminas completas de que dispondrá el SERVIU de la VIII Región del Bío Bío, de la IX Región de la Araucanía y de la X Región de Los Lagos, las que señalarán, a lo menos, el puntaje total y el obtenido en cada uno de los rubros considerados por cada postulante seleccionado, el número de Cédula de Identidad, el monto del subsidio directo de cada postulante seleccionado, el monto total del ahorro acumulado por cada postulante y el puntaje de corte correspondiente al último postulante seleccionado. Las nóminas a que se refiere el número 11 de la presente resolución, indicarán a lo menos, el nombre del postulante eliminado, su número de Cédula de Identidad y la causal de su exclusión o eliminación.
Anótese, publíquese esta resolución en el Diario Oficial y archívese.- Sonia Tschorne Berestesky, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Teresa Rey Carrasco, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.