Art. 2.o Se autoriza al Presidente de la República para invertir en el pago del arrendamiento, por el presente año, de la casa que ocupa la Embajada de Chile en el Brasil y en el pago del arrendamiento, por un año, de un inmueble para la Legación de Chile en el Paraguay, la suma de cincuenta y cuatro mil pesos ($ 54,000), que se deducirán del precio de compra de la casa que el Estado posee en Londres, Grosvenor Square 22, que habrá de serle devuelto.