Ley núm. 15.178

CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON CARLOS RODRIGUEZ ARANCIBIA E HIJOS

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Carlos Rodríguez Arancibia una pensión de E° 60,- mensuales y una pensión de E° 3,- mensuales a sus hijos Julio Carlos, Irene María Elena, Ximena, Oscar Santiago y Adriana Carolina, de las cuales gozarán con derecho de acrecer entre ellos.
    El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.

    Santiago, a ocho de Marzo de mil novecientos sesenta y tres.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna S.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Carlos Reed Valenzuela, Subsecretario de Hacienda.