LEY NUM. 15.513
CONCEDE PENSION DE GRACIA A DON OCTAVIO OYARZUN GONZALEZ
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Concédese a don Octavio Oyarzún González una pensión de gracia ascendente a la suma de Eº 100 mensuales.
El gasto que demande la presente ley se imputará al ítem respectivo del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a veinticuatro de Enero de mil novecientos sesenta y cuatro.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna S.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Carlos Reed Valenzuela, Subsecretario de Hacienda.