LEY NUM. 15.536
CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A LAS PERSONAS QUE SEÑALA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Concédese, por gracia, una pensión mensual de Eº 37 (treinta y siete escudos) a las siguientes viudas de ex operarios del ex Servicio de Explotación de Puertos de Valparaíso, que a continuación se indican:
Herminia del Rosario Villegas viuda de Ponce Pizarro; Violeta Marina Vela-Ruiz viuda de Núñez Torres; María Roldán viuda de Orellana Henríquez; Margarita del Carmen Pérez viuda de Sánchez Núñez;
Juana Osorio Venegas viuda de Becerra; María González Tapia viuda de Gallardo; Eliana del Carmen García viuda de Arancibia Prado; Rosa Elena Debastiani viuda de Vergara López; Margarita Sepúlveda viuda de Barrientos; Dominga Arredondo viuda de Toro Navarro; Delfina Tapia Latin viuda de Fuentes Severino; Elvira Cáceres viuda de Olivares; Rosa Oyarzún Ulloa viuda de Amigo Aguilera; Cristina Loyola Barrera viuda de Villanea Pacheco; Carmen Retamal Valladares viuda de Retamales; Lidia Flores Blanco viuda de Jara; María Valdivia Cáceres viuda de Molina; Yolanda Rita Silva Champagne viuda de Leiva; María Luisa Estay Vergara viuda de Rivero; Etelvina del Carmen Valladares González viuda de Retamal.
En caso de fallecimiento de cualquiera de las viudas que se mencionan en el inciso anterior, gozarán de este beneficio, por iguales partes, el o los hijos o hijas menores de edad, hasta completar los 21 años.
El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a veintiocho de Enero de mil novecientos sesenta y cuatro.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna S.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Carlos Reed Valenzuela, Subsecretario de Hacienda.