ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LA INTERNACION DE RIZOMAS DE ESPARRAGO (ASPARAGUS OFFICINALIS), PROCEDENTES DE PAISES DE LA COMUNIDAD EUROPEA
Santiago, 12 de octubre de 2005.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 5.441 exenta.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, modificada por la ley Nº19.283, el decreto ley Nº3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola, las resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero Nos 3.815 de 2003, 3.080 de 2003 y 558 de 1999, los decretos de Agricultura Nos 156 de 1998 y 92 de 1999, Acuerdo de Asociación Chile-Comunidad Europea de 2003, y
Considerando:
1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la internación al país de productos vegetales.
2. Que el análisis de riesgo realizado ha permitido determinar las exigencias de internación de rizomas de espárrago desde los países integrantes de la Comunidad Europea que han sido evaluados por este Servicio,
Resuelvo:
1. Los rizomas de espárrago (Asparagus officinalis) deberán estar amparados por un Certificado Fitosanitario emitido por la autoridad competente del país de origen, en el cual se deberá especificar el cumplimiento de las declaraciones adicionales que se señala a continuación:
Especie País de origen Declaraciones
adicionales
Asparagus
officinalis Países de la El envío se encuentra
Comunidad
Europea libre de Crioceris as-
paragi (Col. Chryso-
melidae).
2. Además, los envíos deben haber sido sometidos a un tratamiento de desinfestación contra insectos, indicando producto, dosis y tiempo de exposición.
3. Adicionalmente, los envíos deberán estar totalmente libres de suelo y otros restos vegetales. Los sustratos autorizados son aquellos establecidos en la resolución Nº558 de 1999 del Servicio Agrícola y Ganadero.
4. Los envíos deberán venir embalados en envases cerrados desde el país de origen que no permitan la exposición de la mercadería al medio ambiente, factibles de ser sellados y resistentes a la manipulación.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Francisco Bahamonde Medina, Director Nacional.