Autoriza Presidente de la República emitir bonos por valor total de $ 47.000,000, que se adeudan a la Caja de Seguro Obrero.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo 1.o Se autoriza al Presidente de la República para emitir bonos del Estado hasta por un valor total de cuarenta y siete millones de pesos ($ 47.000,000) y los cuales serán destinados a cancelar los aportes fiscales, acumulados hasta el 31 de Diciembre de 1928, que se adeuden a la Caja de Seguro Obrero, creada por la ley número 4,054, y la Caja Nacional de Empleados Públicos, creada por el decreto-ley número 454.
Art. 2.o Los bonos a que se refiere el artículo anterior, serán del tipo de ocho por ciento de interés y de uno por ciento de amortización.
Estos bonos integrarán la reserva financiera de las instlaciones a que se refiere el artículo anterior, y antes del término de cinco años no podrán ser vendidos sin autorización expresa del Presidente de la República.
Art. 3. Los bonos que se emitan de acuerdo con esta ley, estarán libres de impuestos fiscales y municipales.
Art. 4.o Esta ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, a treinta y uno de Diciembre de mil novecientos veintisiete.- Carlos Ibáñez del Campo.- Pablo Ramírez.