Ley núm. 14,703
CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON GENARO DIAZ PEREZ
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Concédese, por gracia, a don Genaro Díaz Pérez, una pensión de Eº 50 mensuales.
El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S.E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a quince de Noviembre de mil novecientos sesenta y uno.- JORGE ALESSANDRI R.- Luis Mackenna Shiell.