Ley núm. 14,703

CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON GENARO DIAZ PEREZ
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único. Concédese, por gracia, a don Genaro Díaz Pérez, una pensión de Eº 50 mensuales.
    El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
    Y por cuanto el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S.E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a quince de Noviembre de mil novecientos sesenta y uno.- JORGE ALESSANDRI R.- Luis Mackenna Shiell.