Artículo 1° Autorízase al Presidente de la República para contratar por cuenta de la Municipalidad de Viña del Mar, y con la garantía fiscal correspondiente, un empréstito interno o externo que produzca hasta catorce millones de pesos ($ 14.000,000), moneda legal o su equivalente en moneda extranjera a un interés que no exceda de siete por ciento (7%) anual, y con una amortización no inferior al uno por ciento (1%) también anual.
    Autorízase, asimismo, al Presidente de la República para contratar la emisión de los bonos conjuntamente con los de otros empréstitos legalmente autorizados y para contratar créditos bancarios, avances o anticipos con cargo al producto de la emisión definitiva de los bonos.