Artículo 1.o- Establécese la Planta de los funcionarios de la Sindicatura General de Quiebras.
Los cargos que se señalan en esta Planta se asimilarán para el solo efecto de las remuneraciones, a la Escala de Sueldos de los miembros de los Tribunales Ordinarios de Justicia, Juzgados de Letras de Menores, de Indios y Especiales del Trabajo y sus respectivos Oficiales Subalternos.
La Planta del Personal de la Sindicatura General de Quiebras y las remuneraciones a que se refieren los incisos anteriores, en las que se entenderán incluidos los Eº 11 mensuales establecidos por la ley N.o 14.688 y el 10 % de bonificación a que se refiere el artículo 16.o de la ley N.o 15.120, serán los siguientes:
Cargos Remuneraciones
1.- Síndico General 3ª. Cat. Escala Personal Superior
2.- Fiscal (1),
Síndico 1.o (1) 4ª. Cat. Escala Personal Superior
3.- Contador
General (1),
Síndico 2.o
(1),
Abogados 1.o
(2) 5ª. Cat. Escala Personal Superior
4.- Síndico 3.o (1),
Abogados 2.o
(3),
Contadores (2),
Jefe Adminis
trativo (1) 6ª. Cat. Escala Personal Superior
5.- Síndicos 4.o
(2), Abogados
3.o (2),
Contadores 2.o
(4), Sub-Jefe
Administrativo
(1), Asesor
Comercial (1) 7ª. Cat. Escala Personal Superior
6.- Síndicos 5.o
(4), Abogados
4.o (3),
Contadores
3.o (13) 8ª. Cat. Escala Personal Superior
7.- Sindico 6.o
(1) Contadores
4.o (5),
Procuradores 1.o
(5) 5ª. Cat. Escala Personal Subalterno
8.- Oficiales 1.o
(2), Procuradores
2.o (4) 6ª. Cat. Escala Personal Subalterno
9.- Procuradores
3.o (2) 7ª. Cat. Escala Personal Subalterno
10.- Oficiales 2.o
(2),
Procuradores
4.o (2) Gdo. 1.o Escala Personal Subalterno
11.- Oficiales 3.o
(3) Gdo. 2.o Escala Personal Subalterno
12.- Oficiales 4.o
(3) Gdo. 3.o Escala Personal Subalterno
13.- Oficiales 5.o
(4) Gdo. 4.o Escala Personal Subalterno
14.- Oficiales 6.o
(4) Gdo. 5.o Escala Personal Subalterno
15.- Oficiales 7.o
(5) Gdo. 6.o Escala Personal Subalterno
16.- Oficiales 8.o
(5) Gdo. 7.o Escala Personal Subalterno
17.- Oficiales 9.o
(14), Auxiliares
(17) Gdo. 8.o Escala Personal Subalterno