"Artículo 1.o Agrégase al Presupuesto de Gastos Fijos del Ministerio de Hacienda para 1928, el ítem siguiente
"Para sueldos del personal y demás gastos
que demande el funcionamiento de la
Superintendencia de las Compañías de
Seguros__________________________________  $  585,000"
                                            ___________
    Esta suma será cubierta con la cuota con que deberán contribuir las Compañías de Seguros y la Caja Reaseguradora de Chile, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 3.o de la ley número 4,228, de 20 de Diciembre de 1927.