REALIZA SEGUNDA ADJUDICACION DE APORTE SUPLEMENTARIO POR COSTO DE CAPITAL ADICIONAL PARA PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PRESENTADOS AL OCTAVO CONCURSO PUBLICO (N°1/2004) DEL MINISTERIO DE EDUCACION, EN EL MARCO DE LA LEY N°19.532

    Núm. 444 exenta.- Santiago, 18 de enero de 2006.- Considerando:

    Que, en el marco de la Ley N°19.532 que Crea el Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna y Dicta Normas para su Aplicación, el Ministerio de Educación llamó al Octavo Concurso Público (N°1/2004) sobre proyectos de infraestructura para que establecimientos educacionales regidos por el Decreto con Fuerza de Ley N°2, de Educación, de 1998, optaran al aporte suplementario por costo de capital adicional;
    Que, se efectuó la segunda evaluación y, en base a ello, se realizó la segunda selección de proyectos de infraestructura, como asimismo, se resolvió sobre los reclamos presentados por aquellos establecimientos educacionales que no resultaron preseleccionados, todo ello conforme a las bases que rigen el concurso, la Ley N°19.532 y su Reglamento;
    Que, dado lo anterior, corresponde adjudicar el aporte suplementario por costo de capital adicional a los proyectos que en definitiva han sido seleccionados;
y, Lo dispuesto en la Ley N°18.956; Ley N°19.532; Ley N° 20.083; Decreto Supremo de Educación N°755, de 1997; Resolución de Educación N° 287, de 2004; y, Resolución N°520, de 1996 y sus modificaciones, de la Contraloría General de la República,

    Resuelvo:

    Artículo 1º: Adjudícanse los siguientes montos por concepto de aporte suplementario por costo de capital adicional, en el marco del Octavo Concurso Público (N°1/2004) sobre proyectos de infraestructura, para los siguientes establecimientos educacionales:


    VER DIARIO OFICIAL DE 23.01.2006, PÁGINA 8.
   

NOTA
El artículo 1º de la Resolución 1486 Exenta, Educación, publicada el 30.03.2009, modifica el listado de establecimientos educacionales de la siguiente manera:

    En la fila referente al establecimiento educacional denominado "Colegio Adventista de Iquique", en su última columna referida a Adjudicado UTM, donde dice "13.456", debe decir "12.729".
    Artículo 2º: Al aporte que se adjudica en virtud del presente acto para los establecimientos educacionales de financiamiento compartido, se le aplicará un descuento equivalente al porcentaje que hubiese representado el descuento señalado en el artículo 25, en relación a la subvención del inciso segundo del artículo 9° al practicarse el ajuste dispuesto en el artículo 33, correspondiente al último año, todos del Decreto con Fuerza de Ley N°2, de Educación, de 1998.

    Artículo 3º: El gasto que demande el financimiento de los proyectos adjudicados, durante el año 2006, se imputará de la siguiente manera: "09-01-02-33-03-024, Subsecretaría de Educación, Ministerio de Educación".
    El gasto que demande el financiamiento de los mismos proyectos para los años siguientes, se imputará por acto administrativo posterior.

    Artículo 4º: Publíquese la presente resolución, por una vez, en el Diario Oficial.

    Anótese, refréndese y publíquese.- Marigen Hornkohl Venegas, Ministra de Educación.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Pedro Montt Leiva, Subsecretario de Educación.