MODIFICA RESOLUCION Nº 469 EXENTA, DE 2005
Santiago, 13 de enero de 2006.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 104 exenta.- Vistos: El artículo único del decreto ley Nº 2.136, de 1978, modificado por el artículo 63 de la ley Nº 18.681 y sustituido por el artículo 83 de la ley Nº 18.768; la ley Nº 16.391 y el decreto ley Nº 1.305, de 1975, dicto la siguiente:
Resolución:
Modifícase la resolución exenta Nº 469 (V. y U.), de 04.02.2005, que fija el valor de las solicitudes de inscripción y de los certificados de inscripción que indica, en el sentido de reemplazar en su número 2, la expresión "se reajustarán anualmente conforme al IPC a contar del 1º de enero de cada año" por la expresión "mantendrán el valor de $10.000 (diez mil pesos) durante el año 2006.".
Héctor López Alvarado, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Gastón Ugarte de la Cuadra, Ministro de Fe Subrogante.