Concede pensión a la viuda e hijos menores del ex-Visitador de Escuelas, don Carlos A. Gac Marín.
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    Artículo único. Concédese, por el término de diez años, y a partir del 1.o de Enero de 1929, a la viuda e hijos menores del ex-Visitador de las Escuelas del II Distrito de Santiago, don Carlos A. Gac Marín, una pensión anual de seis mil pesos ($ 6,000), de que gozarán en conformidad a la Ley de Montepío Militar.
    Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a veintiséis de Julio de mil novecientos veintiocho.- CARLOS IBAÑEZ C.- J. Eduardo Barrios.