Autoriza a la Municipalidad de Antofagasta para conceder a la Compañía de Gas de Valparaíso, hasta por cincuenta años, el uso del subsuelo de calles, plazas, caminos y demás vías públicas de esa ciudad, con el objeto de establecer el servicio de gas de alumbrado y de calefacción.
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de Ley:

    Artículo 1.o Autorízase a la Municipalidad de la comuna de Antofagasta para conceder a la Compañía de Gas de Valparaíso, hasta por el término de cincuenta años, y sin perjuicio de los derechos de terceros, el uso del subsuelo de calles, plazas, caminos y demás vías públicas de dicha ciudad, con el objeto de establecer el servicio de gas de alumbrado y de calefacción.
    Art. 2.o Esta concesión quedará subordinada a los términos del contrato que deberá celebrarse antes del 1.o de Enero de 1929, entre la citada Municipalidad y la Compañía mencionada, y que deberá someterse a la aprobación del Presidente de la República.
    Si este contrato no se formalizare dentro del plazo señalado, quedará sin efecto la autorización otorgada por la presente ley.

    Art. 3.o Esta ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, treinta y uno de Julio de mil novecientos veintiocho.- CARLOS IBAÑEZ C.- Guillermo Edwards Matte.