Ley núm. 14,433

CONCEDE, POR GRACIA, A DON EDUARDO ITURRIAGA CERDA, EL DERECHO A REAJUSTAR SU PENSION DE JUBILACION

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único. Concédese, por gracia, el derecho a reajustar su pensión de jubilación al ex funcionario de la Caja de Seguro Obligatorio, don Eduardo Iturriaga Cerda, de acuerdo con el grado 4.o que desempeñó durante su actuación como Administrador Provincial de esos servicios de Tarapacá.
    El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y por cuanto el plazo de treinta días que se contempla en el artículo N.o 55.o de la Constitución Política del Estado se encuentra vencido; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a veintinueve de Noviembre de mil novecientos sesenta.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Eduardo Figueroa G.