Artículo 1.o La Biblioteca Nacional, las demásDFL 281, EDUCACION
Nº 1
D.O. 30.05.1931 Bibliotecas del Estado, el Archivo Nacional y los Museos del Estado, son personas jurídicas de derecho público y su representación judicial y extra-judicial corresponde al Director General de Bibliotecas, Archivos y Museos, con las facultades que se indican en el artículo 9.o del Código de Procedimiento Civil. Su domicilio legal será la ciudad de Santiago.
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D.O. 30.05.1931 Bibliotecas del Estado, el Archivo Nacional y los Museos del Estado, son personas jurídicas de derecho público y su representación judicial y extra-judicial corresponde al Director General de Bibliotecas, Archivos y Museos, con las facultades que se indican en el artículo 9.o del Código de Procedimiento Civil. Su domicilio legal será la ciudad de Santiago.