Artículo 18.- La asignación directa de los beneficios se hará por los Directores Regionales y/o Agencias de Areas de INDAP, de acuerdo a los siguientes criterios de focalización cuando corresponda:
1) Calidad Técnica, se refiere a la coherencia técnica y económica entre las prácticas sugeridas en el Plan de Manejo y los objetivos del programa específico a desarrollar.
2) Superficie proporcional a ser colocada bajo planesDTO 35, AGRICULTURA
Art. único Nº 6 a)
D.O. 11.06.2008 de manejo de praderas, conservación de suelos o rehabilitación de suelos, que considerará la proporción entre la superficie de uso agropecuario del predio y la superficie postulada bajo el plan de manejo. Para el caso de arrendatarios, comodatarios o usufructuarios, se considerará la proporción entre la superficie de uso agropecuario bajo arrendamiento, comodato o usufructo, según sea el caso, y la superficie postulada bajo plan de manejo.
Art. único Nº 6 a)
D.O. 11.06.2008 de manejo de praderas, conservación de suelos o rehabilitación de suelos, que considerará la proporción entre la superficie de uso agropecuario del predio y la superficie postulada bajo el plan de manejo. Para el caso de arrendatarios, comodatarios o usufructuarios, se considerará la proporción entre la superficie de uso agropecuario bajo arrendamiento, comodato o usufructo, según sea el caso, y la superficie postulada bajo plan de manejo.
3) Capacidad de Uso de la Superficie bajo Plan de Manejo, que considerará la clasificación de capacidad de uso que tenga el suelo a ser beneficiado por el incentivo.
4) Nivel de fósforo y de acidez, presentes en los suelos, cuando corresponda.
5) Participación de los interesados en otros programas de fomento productivo institucionales.
6) Utilización del beneficio que tendrá en cuenta el número de ocasiones en que el interesado ha sido beneficiado con el incentivo, que considerará priorizar las asignaciones en aquellos postulantes que solicitan el incentivo por primera vez, o que lo han recibido menos veces.
7) Otras variables técnicas y/o estratégicas definidas por el Comité Técnico Regional, la Región y/o Agencia de Area.
Entendiendo que el Sistema de Incentivos para laDTO 35, AGRICULTURA
Art. único Nº 6 b)
D.O. 11.06.2008 Recuperación de Suelos Degradados es un instrumento transversal para todos los segmentos estratégicos de productores definidos por la Política de Fomento de INDAP, la Dirección Regional que corresponda deberá orientar la intervención del instrumento, teniendo en consideración las demandas que sobre las materias propias del Programa surjan desde los Planes de Fomento Nacionales, los Planes de Fomento Regionales y/o Estrategias Regionales de Competitividad por rubro.
Art. único Nº 6 b)
D.O. 11.06.2008 Recuperación de Suelos Degradados es un instrumento transversal para todos los segmentos estratégicos de productores definidos por la Política de Fomento de INDAP, la Dirección Regional que corresponda deberá orientar la intervención del instrumento, teniendo en consideración las demandas que sobre las materias propias del Programa surjan desde los Planes de Fomento Nacionales, los Planes de Fomento Regionales y/o Estrategias Regionales de Competitividad por rubro.