Art. 140. Cualquiera de los acreedores podrá solicitar que se declare nulo el convenio, probando que es falso o incompleto el balance o inventario que le sirvió de antecedente, que se han supuesto deudas en el pasivo o que se han ocultado bienes en el activo.
El juicio correspondiente se tramitará con arreglo al procedimiento sumario.