Autoriza al Presidente de la República para invertir hasta $ 12.000,000 en mejorar los sueldos del personal de educación, pago de trienios, adquisición de material, etc.
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de Ley:

    Artículo 1.o Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de doce millones de pesos ($ 12.000,000) en el mejoramiento de los sueldos del personal de educación primaria, pago de trienios, adquisición de material y gastos imprevistos que exige la nueva organización del servicio.
    Art. 2.o Destínanse del superávit de 1928 la suma de doce millones de pesos ($ 12.000,000) para los gastos que autoriza esta ley.

    Art. 3.o La presente ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.

    Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, quince de Febrero de mil novecientos veintinueve.- C. IBAÑEZ C.- Pablo Ramírez.