Art. 12. El Departamento de Obras de la Municipalidad de Santiago, elaborará, de acuerdo con las resoluciones adoptadas por la Comisión, un Rol especial de impuesto que corresponda pagar a los sitios eriazos y las construcciones inapropiadas, que deberá estar terminado antes del 1.o de Febrero de cada año.
    Para la confección de este Rol, se tomará como base el Rol General de Avalúo.