Crea en la Tesorería General de la República, una Sección encargada del timbraje de los libros y facturas comerciales.
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de Ley:

    Artículo 1.o Créase una sección en la Tesorería General de la República, encargada del timbraje de libros y facturas comerciales, con los empleados que a continuación se expresan:
    Diez empleados del grado 19.o, con $ 350 mensuales cada uno, $ 42,000.
    Veinte empleados del grado 20.o, con $ 300 mensuales cada uno, $ 72,000.
    Cuarenta y cinco empleados del grado 21.o, con $ 250 mensuales cada uno, 135,000 pesos.
    El gasto total que irrogue la presente ley se hará con cargo a la mayor entrada proveniente de la Ley de Alcoholes.

    Art. 2.o La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley la República.
    Santiago, quince de Julio de mil novecientos veintinueve.- CARLOS IBAÑEZ C.- Osvaldo Koch.