MODIFICA DECRETO Nº 51, DE 1999, QUE CREO LA COMISION ASESORA EN MATERIA DE EVALUACION DE LA CALIDAD DE PROGRAMAS DE PREGRADO DE INSTITUCIONES AUTONOMAS DE EDUCACION SUPERIOR, EN LA FORMA QUE SEÑALA

    Núm. 43.- Santiago, 31 de enero de 2006.- Considerando:

    Que, la Comisión de Evaluación de la Calidad de Programas de Pregrado de Instituciones Autónomas de Educación Superior fue creada en 1999 con el propósito principal de proponer al Ministerio de Educación las bases institucionales, el diseño y puesta en práctica de un proceso de evaluación acreditativa de los programas conducentes a título profesional y técnico de nivel superior, o al grado de bachiller o licenciado, que impartan las instituciones autónomas de educación superior y de llevar a cabo ensayos metodológicos y procesos experimentales conducentes a tal fin.
    Que, conforme a lo establecido en el decreto supremo Nº 51, de 8 de febrero de 1999, modificado por el decreto supremo Nº 287, de 22 de mayo de 2000, decreto supremo Nº 541, de 20 de septiembre de 2000 y decreto supremo Nº 19, de 7 de enero de 2003, todos de Educación, dicha Comisión tiene el plazo de siete años para desarrollar la función que le fuera encomendada.
    Que, resulta necesario efectuar modificaciones a los cuerpos legales precedentemente señalados y extender el mandato de la Comisión de Evaluación de la Calidad de Programas de Pregrado de Instituciones Autónomas de Educación Superior, con la finalidad de que pueda concluir los procesos experimentales de evaluación acreditativa que se encuentra desarrollando, y de que cumpla a su vez la función de cooperar en el diseño, implementación y puesta en marcha de un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior.

    Vistos: Lo dispuesto en los artículos 19 Nº 10, inciso quinto, y Nº 11, 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración Pública, ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación, decreto supremo Nº 51, de 8 de febrero de 1999, decreto supremo Nº 287, de 22 de mayo de 2000, decreto supremo Nº 541, de 20 de septiembre de 2000 y decreto supremo Nº 19, de 7 de enero de 2003, todos de Educación y la resolución Nº 520, de 1996, y sus modificaciones, de la Contraloría General de la República, dicto el presente,

    Decreto:

    Artículo único: Modifícase el decreto supremo Nº 51, de 1999, modificado por los decretos supremos Nº 287, de 22 de mayo de 2000, Nº 541, de 20 de septiembre de 2000, y Nº 19, de 7 de enero de 2003, todos de Educación, en la forma que señala:

    1. Sustitúyase el inciso primero del Artículo 4º por el siguiente:

    "La Comisión estará conformada por los siguientes integrantes:

-    Iván Lavados Montes, quien la presidirá
-    Mario Maturana Claro
-    Bernardo Domínguez Covarrubias
-    Moisés Silva Triviño
-    Ricardo Reich Albertz
-    Eugenio Cantuarias Larrondo
-    Mario Letelier Sotomayor
-    Jorge Allende Rivera
-    Bernardo Donoso Riveros
-    Iván Navarro Abarzúa
-    Joaquín Cordua Sommer
-    Luz María Pérez Roepke
-    Beltrán Mena Concha
-    Eladio Susaeta Sáenz de San Pedro
-    Andrés Cúneo Machiavello.".

    2. Sustitúyase el Artículo 9º por el siguiente:

    "La Comisión deberá desarrollar su función dentro del plazo de nueve años desde su constitución.".

    Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Marigen Hornkohl Venegas, Ministra de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente, Pedro Montt Leiva, Subsecretario de Educación.