Deja sin efecto la supresión de uno de los Juzgados de Letras de Mayor Cuantía de la ciudad de Curicó.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo 1.o Déjase sin efecto la disposición del artículo 5.o de la ley número 4,280, de 2 de Febrero de 1928, en cuanto ordena la supresión de uno de los Juzgados de Letras de Mayor Cuantía de Curicó.
Art. 2.o Esta ley regirá desde al fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, dos de Agosto de mil novecientos veintinueve.- CARLOS IBAÑEZ C.- Osvaldo Koch.