Destina la suma de $ 521,318, para atender, por el presente año, al funcionamiento de los organismos creados por la Ley de Protección de Menores.
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de Ley:

    Artículo 1.o Destínase la suma de quinientos veintiún mil trescientos dieciocho pesos ($ 521,318), para atender hasta el 31 de Diciembre del presente año al funcionamiento de los servicios creados por ley 4,447, de 18 de Octubre de 1928, sobre Protección de Menores.

    Art. 2.o El gasto se cargará al mayor rendimiento que produzca la ley 4,536, de 17 de Enero último.
    Art. 3.o La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, trece de Agosto de mil novecientos veintinueve.- CARLOS IBAÑEZ C.- Osvaldo Koch.