Concede abono de tiempo a don Antonio Bórquez Solar Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo único. Concédese, por gracia, a don Antonio Bórquez Solar, para los efectos de su jubilación, un abono de seis años de servicios.
Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, nueve de Septiembre de mil novecientos veintinueve.- CARLOS IBAÑEZ C.- Rodolfo Jaramillo B.