LEY NUM. 14,462

ABONA, POR GRACIA, PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES, EN LA HOJA DE SERVICIOS DE DON JOSE ANGEL ROMERO BUSTOS EL TIEMPO SERVIDO QUE SEÑALA

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único. Abónanse, por gracia y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios de don José Angel Romero Bustos, 4 años servidos como profesor de matemáticas del Liceo Chileno, en los años 1929, 1930, 1931 y 1932, y concédese el derecho a reajustar su pensión de jubilación con el beneficio que concede el artículo 63 de la ley N.o 10,343.
    El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
    Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a cinco de Diciembre de mil novecientos sesenta.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Eduardo Figueroa G.