Concede abono de tiempo a don Alfredo Rodríguez, sargento 1.o artillero de la Armada.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo único. Abónase, por gracia, para los efectos de su retiro y montepío, al sargento 1.o artillero de la Armada Nacional, don Alfredo Rodríguez Acevedo, el tiempo que sirvió en la Armada con anterioridad al 17 de Septiembre de 1910.
Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, cuatro de Diciembre de mil novecientos veintinueve.- CARLOS IBAÑEZ C.- Carlos O. Frodden.