Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    PROYECTO DE LEY


    "Artículo 1.o Traspásase a los ítem 08, 03, 04, c;
08, 02, 04, b; y 08, 10, 04, v del Presupuesto de 1929, respectivamente, las cantidades de dieciocho mil pesos ($ 18,000); diez mil pesos ($ 10,000) y veintidós mil pesos ($ 22,000) que se deducirán en la siguiente forma: doce mil pesos ($ 12,000) del ítem 08, 01, 04, a; y treinta y ocho mil pesos ($ 38,000) del ítem 08, 04, c.
    Artículo 2.o Esta Ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, cinco de Diciembre de mil novecientos veintinueve.- Carlos Ibáñez C. Osvaldo Koch.