LEY NUM. 16.910

CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON PEDRO ORLANDO CAPETILLO LLAÑA

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Pedro Orlando Capetillo Llaña, una pensión mensual de trescientos escudos, sin perjuicio de la pensión de jubilación que percibe.
    El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a dieciséis de Agosto de mil novecientos sesenta y ocho.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Andrés Zaldívar L.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- José F. Guzmán C., Subsecretario de Hacienda.