Art. 5.o Tampoco será obstáculo para la venta o expropiación, la existencia de hipotecas u otos gravámenes que afecten al predio, sin perjuicio de los derechos que sobre el precio puedan hacer valer los interesados. Las gestiones a que dé lugar el ejercicio de estos derechos se tramitarán como incidente, en ramo separado, y no entorpecerán el cumplimiento de la expropiación.