EXCLUYE A PERSONA QUE INDICA DE LA TERCERA NOMINA NACIONAL DE SINDICOS

    Santiago, 3 de febrero de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 260.- Vistos: lo dispuesto en el decreto de Justicia Nº 309, de 3 abril de 2002; en el artículo 32 Nºs 6 y 10 de la Constitución Política de la República y en los artículos 14, 19 y 22 de la ley Nº 18.175.

    Considerando:

    Que, mediante decreto de Justicia Nº 309, de 3 abril de 2002, tomado razón por la Contraloría General de la República el 24 de mayo del mismo año, se nombró a don Jaime Iván Palacios Greene como Síndico Privado de Quiebras y se le incluyó en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada por decreto Nº 1.071, de 10 de noviembre de 1983.
    Que, a través de presentación de 22 de diciembre de 2005, el síndico anteriormente individualizado, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 22, Nº 9 de la ley Nº 18.175, modificada por la ley Nº 20.004 presentó la renuncia a su cargo, señalando que se le ha ofrecido una contratación como funcionario público a contar desde el 1º de enero de 2006.
    Que, mediante oficio ordinario Nº 126, de 13 de enero de 2006, el Sr. Superintendente de Quiebras (S) informa desfavorablemente acerca de la solicitud de renuncia del cargo de síndico de quiebras presentada por el recurrente, habida cuenta que ha desempeñado una contratación a honorarios en el Ministerio de Minería en virtud del decreto Nº 50, de 2005, de esa cartera ministerial, desde el 16 de marzo de 2005, por lo cual le afecta una inhabilidad sobreviniente de conformidad con lo dispuesto en el Nº 2 del artículo 22 de la Ley de Quiebras, en relación con el Nº 5 del artículo 17 del mismo cuerpo legal, la que le impide volver a integrar la Nómina Nacional de Síndicos.
    Que, este Ministerio concuerda con lo expresado por el Sr. Superintendente de Quiebras (S),

    Decreto:

    Exclúyase por la causal contemplada en los considerandos, a don Jaime Iván Palacios Greene (RUN Nº 4.806.523-6) de la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada mediante decreto de Justicia Nº 1.071, de 10 de noviembre de 1983, y en la cual fue incluido en virtud del decreto de Justicia Nº 309, de 3 de abril de 2002, tomado razón por la Contraloría General de la República el 24 de mayo del mismo año.

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Luis Bates Hidalgo, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jaime Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.