Modifica el Escalafón Consular de la República.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo 1.o Trasládanse del Escalafón Consular de la República: un cónsul general de sugunda clase, 5 cónsules generales de tercera clase, un cónsul particular de primera clase, que figurarán en el escalafón diplomático en la siguiente forma: Un primer secretario de Embajada y seis primeros secretarios de Legación.
Art. 2.o El gasto que implica la creación de los nuevos cargos, se deducirá de los mismos fondos con que se mantenían los que se trasladan por medio de la presente ley.
Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, veintitrés de Diciembre de mil novecientos veintinueve.- CARLOS IBAÑEZ C.- Manuel Barros C.