Sexta.- Bajo la dirección y responsabilidad del Director del Registro Electoral se hará una nueva edición oficial de la Ley de Elecciones de 19 de Septiembre de 1925, modificada por los decretos-leyes números 710 y 721, de fecha 6 y 18 de Noviembre del mismo año, adaptándola a las reformas señaladas en la presente ley, la que se tendrá como texto único de la Ley de Elecciones de la República. En las partes en que la ley diga "Conservador del Registro Electoral", queda facultado para reemplazar la palabra "Conservador" por "Director".