SUSTITUYE PARTE DISPOSITIVA DE LA RESOLUCION Nº 5.396 EXENTA, DE 2000
    Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos Nº 44, del 20 de abril de 2006, que sustituye la parte dispositiva de la resolución Nº Ex.
5.396, de 7 de diciembre de 2000.
    Por la sustitución de la parte dispositiva de la resolución Nº Ex. 5.396, de 2000, modificada por la resolución Nº Ex. 3, de 2001, a contar de la fecha de esta resolución, los contribuyentes autorizados para llevar su contabilidad en moneda extranjera de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 18 del Código Tributario, u obligados a llevar su contabilidad en dicha moneda por otra disposición legal, podrán optar por efectuar los pagos de los tributos que les afecten en la misma moneda en la que esté expresada su contabilidad.

    Los contribuyentes que opten por efectuar el pago en moneda extranjera de conformidad con lo dispuesto en el dispositivo 1º de la resolución, deberán informar de ello, previamente y por escrito, al Servicio de Impuestos Internos.
    El texto íntegro de esta resolución está publicado en la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Internos en Internet (www.sii.cl) y, además, aparecerá en el Boletín del SII en abril de 2006.