AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULO EN LOS TERMINOS QUE SEÑALA
Santiago, 30 de marzo de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 539 exento.- Visto: El oficio F.N. Nº 244, de 24 de marzo de 2006, del señor Fiscal Nacional del Ministerio Público; lo dispuesto en el artículo 1º y 3º del decreto ley Nº799, de 1974 y sus modificaciones; en el Oficio Circular Nº 26, de abril de 2003, de los Ministros de Hacienda e Interior; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y en la resolución Nº 520, de 1996, que fijó el texto refundido de la resolución Nº 55, de 1992 y sus modificaciones, de la Contraloría General de la República, y
Considerando: Que por la naturaleza de las funciones que la Constitución Política de la República y la ley le han encomendado al Ministerio Público y en particular a las Fiscalías Regionales, en el desempeño de las responsabilidades propias de su competencia,
Decreto:
Artículo único: Autorízase la circulación en horario inhábil y días sábados en la tarde, domingos y festivos exento del uso de Disco Fiscal al vehículo propiedad del Ministerio Público que se individualiza, asignado al uso de la Fiscalía Regional de la I Región de Tarapacá, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º y 3º del decreto ley Nº 799, de 1974:
Vehículo : Automóvil
Marca : Samsung
Modelo : SM7 2.3
Color : Beige
Año : 2006
Nº motor : VQ23022145
Nº chassis : KNMG4D2JM6P600137
I.R.N.V.M. : ZF.9081-7.
Placa Unica : ZF.9081-7
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Andrés Zaldívar Larraín, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Felipe Harboe Bascuñán, Subsecretario del Interior.