Artículo 20.- Cada ServicioD.L. Nº 2763/79
Art. 18
Ley Nº 19.937
Art. 1º Nº 16) estará a cargo de un Director seleccionado, designado y evaluado conforme al Título VI de la ley Nº 19.882.
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Ley Nº 19.937
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