Artículo 67.- Las referencias queD.L. Nº 2763/79
Art. 45 las leyes, reglamentos, decretos, resoluciones u otras disposiciones formulan al Servicio Nacional de Salud, en relación con los Institutos Bacteriológico de Chile y Nacional de Salud Ocupacional, se entenderán hechas al Instituto de Salud Pública de Chile "Dr. Eugenio Suárez Herreros".
Art. 45 las leyes, reglamentos, decretos, resoluciones u otras disposiciones formulan al Servicio Nacional de Salud, en relación con los Institutos Bacteriológico de Chile y Nacional de Salud Ocupacional, se entenderán hechas al Instituto de Salud Pública de Chile "Dr. Eugenio Suárez Herreros".